viernes, 23 de noviembre de 2007

Más privilegios para Alberto Fujimori ¿Qué opina la señora Carolina Lizárraga?

Mientras se discute sobre asuntos realmente tontos, el señor Alan García y su premier Jorge del Castillo han presentado un proyecto de ley que libraría a Alberto Fujimori de los careos y de escuchar las respuestas a sus afirmaciones en los juicios que se le sigue, es decir lo beneficiaría directamente.
El proyecto de ley fue presentado al Congreso por el gobierno de García hace dos semanas con el título maquillado de "ley de simplificación oral" , y, como corresponde en el renacimiento mafioso que vivimos, fue debidamente ocultado, silenciado, por una prensa mayoritaria que no sólo no ha aprendido de sus errores sino que se empeña en repetirlos.
Pero existe el Instituto de Defensa Legal, donde hay abogados capaces y probos, y se rescató del ostracismo a dicho proyecto. Es así que a través de Carlos Rivera Paz, nos enteramos de los privilegios que, de aprobarse el decreto, gozaría indebidamente uno de los dos presidentes más corruptos de nuestra historia republicana, es decir Alberto Kenya Fujimori.
Reproducimos íntegramente la columna de Carlos, aparecida el día de hoy en el diario El Comercio:

¿JUICIO SIN ACUSADO?
"El juicio oral contra Fujimori por los casos Barrios Altos y La Cantuta comienza el 10 de diciembre. Este proceso es el más importante de nuestra historia reciente y --seguramente-- se convertirá en un precedente judicial en el ámbitomundial en materia de derechos humanos. No es poca cosa lo que se está juzgando, son crímenes perpetrados desde el poder y, por ello, es exigible no solo independencia al tribunal encargado del caso, sino que las reglas del proceso estén claras.


Justamente en relación con este segundo asunto es que un proyecto de ley presentado hace solo dos semanas al Congreso, con la firma del presidente de la República y del primer ministro, ha llamado nuestra atención. Se trata del proyecto N° 1842/2007 titulado "Ley de simplificación del juicio oral", en el que el Poder Ejecutivo propone la modificación de algunas reglas sustanciales del desarrollo del juicio oral, las mismas que podrían modificar o alterar el desarrollo del juicio oral seguido contra el acusado Fujimori y, aparentemente, en beneficio de este.


El Código de Procedimientos Penales es la norma procesal que regula el juicio oral y en este se dispone (artículo 234) que cuando el tribunal fija una fecha de inicio de la audiencia están obligados a concurrir el fiscal, el acusado y su defensor. Esta obligación perdura hasta la fecha que culmine el juicio oral. Al existir un proceso, el acusado está sometido al tribunal. El proyecto recientemente presentado varía esta regla fundamental.


Bajo el argumento de "ordenar adecuadamente la marcha del juicio", el proyecto dispone que "el acusado no podrá alejarse sin permiso de la sala; sin embargo, una vez escuchada la formulación de cargos y por razones justificadas podrá autorizársele el permiso, en cuyo caso será representado por su defensor". Pero, además, agrega el proyecto que "si el acusado ha prestado su declaración en el juicio oral o se acoge al derecho de guardar silencio y deja de asistir a la audiencia, esta continuará sin su presencia y será representado por su defensor".


En concreto, el proyecto facilita que el acusado no asista a las sesiones del juicio oral y que, por lo tanto, no esté presente durante los interrogatorios de otros acusados, de los testigos y los peritos. ¿Si se implementan estas modificaciones, qué significarían para el Caso Fujimori? Que tendríamos un juicio sin acusado y en el que se le libraría de la incómoda situación de dar la cara a su ex asesor Vladimiro Montesinos, al general Hermoza Ríos o escuchar los testimonios de los integrantes del destacamento Colina.


Por otro lado, el mismo proyecto pretende modificar el artículo 256 del Código de Procedimientos Penales al proponer que cuando "no pueda asistir al interrogatorio por razones de salud, de seguridad o de otra causa justificada, [la sala] ordenará su actuación a través del sistema de video conferencia o otro sistema de reproducción a distancia". En este caso, la modificación se dirige a posibilitar que los testigos no asistan a la sede del tribunal. Sin duda, en el Caso Fujimori, esta disposición lo beneficiaría políticamente, pues permitiría, por ejemplo, que Montesinos declare por teleconferencia en los juicios contra el ex presidente.


El proyecto no precisa en absoluto las circunstancias concretas que justifican esta variación sustancial de las reglas del juicio y solo considera que deben existir "razones justificadas" o "causa justificada" para que se habiliten estas posibilidades. Entonces, parece que estamos ante un intento gubernamental de evitar un daño a la imagen mediática del acusado Fujimori y no ante una propuesta legal destinada a ordenar la marcha del proceso.


Si bien nadie en nuestro país puede dejar de reconocer la urgente necesidad de acelerar la tramitación de los procesos penales, el contenido de algunas disposiciones de este proyecto, y el contexto político en el que se formula, generan sospechas, porque parece tener como destino beneficiar a una persona en particular, cambiando sustancialmente la reglas del juicio oral a pocos días de la fecha de inicio del proceso contra el acusado Fujimori.


Por tanto, la propuesta legislativa es, por lo menos, inoportuna. No es correcto que desde el Poder Ejecutivo se pretenda cambiar las reglas de juego del juicio oral sabiendo perfectamente las consecuencias que estas pueden tener en el Caso Fujimori, salvo que otra sea la decisión del presidente, quien solo hace pocos días decidió ejercitar su condición de abogado al denunciar una aparente injusticia contra el condenado por corrupción Moisés Wolfenson.
"

Bueno, qué podemos opinar, luego de tan didáctico artículo. Sólo invocar, estar vigilante, a la actuación del Congreso, no sólo en la presente legislatura sino cuando le toque legislar a la Comisión Permanente, que con 10 votos puede sacar esta atrocidad legal, el soat médico, y muchas otras oportunidades de negocio que están pendientes.

Una pregunta final ¿Qué opina de este proyecto de ley la Dra. Carolina Lizárraga?